Cardozo firmó convenio con la Universidad Nacional de Mar del Plata
Estudiantes del último año de la Escuela Superior de Medicina, podrán realizar rotaciones en la provincia. Esto, iniciará en abril del 2025, en el hospital y CAPS de Mercedes.
20/09/2024
El ministro de Salud Pública, Ricardo Cardozo, firmó un convenio con el director Interino de la Escuela Superior de Medicina de la Universidad Nacional de Mar del Plata, Adrián Eduardo Alasino, a partir del cual los estudiantes del último año podrán realizar rotaciones en Corrientes. Este acuerdo, comprende a diferentes especialidades como ser cirugía, pediatría, tocoginecología, entre otras y, fundamentalmente, todo lo que sea atención primaria.
Este trabajo articulado comenzará en el hospital y CAPS de Mercedes en un período que se extenderá por nueve meses, iniciando en abril del 2025. La idea es ir extendiendo a otras localidades, siempre guiados por una tutoría y en el marco de un programa curricular.
La elaboración del convenio y gestión, estuvo a cargo de la directora general de Capital Humano, Teresita Domínguez y del Asesor Legal, Adrián García.
En el convenio, precisaron que, entre el Ministerio y la institución educativa, adoptarán programas de coordinación y cooperación para la ejecución conjunta, a pedido de una de las partes, de acciones que propendan al afianzamiento de las carreras que se dictan en la Escuela Superior de Medicina. Ambas, se comprometen a desarrollar dichas tareas en todas las fases de implementación, y para contribuir a la consolidación de las funciones esenciales y sustantivas de docencia, investigación, extensión, transferencia, vinculación y toda otra actividad que resulte de mutuo interés.
Este convenio entró en vigencia al momento de la firma, por ambas partes, y será válido por cuatro años, renovándose automáticamente por períodos iguales, si ninguna de las partes se manifiesta contrariamente. No obstante, el acuerdo puede darse por finalizado por cualquiera de las dos instituciones intervinientes, en cualquier momento, siempre que la institución que así lo hiciera, comunique por escrito su intención de finalizarlo por lo menos con seis meses de anticipación.
A su vez, detallan que la Práctica Final Obligatoria, a la que refiere el convenio, es la extensión orgánica del sistema educativo a instituciones, de carácter público o privado para la realización por parte de los estudiantes en contextos reales institucionales para completar la formación que reciben, bajo la organización y control de la institución de enseñanza a la que pertenecen, durante un lapso determinado.
En el marco de dicha asignatura, en carácter de espacio curricular, se implementa la realización de un Campamento Sanitario como un espacio integrador de asistencia, investigación, docencia y extensión. El mismo será un espacio de convivencia y trabajo comunitario de al menos una semana de duración, realizado en territorio- comunidad, por un grupo de estudiantes de la carrera de Medicina que deberán estar acompañados por docentes de la carrera, preferentemente en una comunidad pequeña o zonas rurales con escaso acceso a la salud.
El objetivo de este último, es devolver a la comunidad,
desde la universidad, parte de los esfuerzos que implica sostener la educación
pública, buscando reafirmar el compromiso social universitario. La convivencia
en el marco del Campamento, les permitirá adquirir experiencia laboral como
complemento de la formación académica. Consiste en el ejercicio sistemático y
continuado de prácticas para que cada estudiante adquiera experiencia en
incumbencia y orientaciones propias del título habilitante, para obtener
conocimientos y habilidades que le serán de utilidad en su desempeño
profesional futuro. En la Escuela de Medicina, la Práctica Final Obligatoria es
una exigencia curricular obligatoria para concluir la carrera y obtener el
título.