Municipio de Juan Pujol

El municipio de Juan Pujol comenzó siendo colonia, y fue cobrando fuerza y crecimiento a partir de la inauguración de la Estación del Ferrocarril, que primeramente se llamó El Naranjito.  Por Resolución del Ministerio de Obras Públicas de la Nación del 28 de octubre de 1918, se le atribuyó el nombre de Juan Pujol, en homenaje al talentoso saladeño, quien gobernó Corrientes desde 1852 a 1859, es decir tres períodos consecutivos. Esta localidad del sur correntino está ubicada en la 4ta. Sección del departamento de Monte Caseros, distante a 404 kilómetros de la Capital de la provincia. Nació siendo un centro agrícola ganadero, que embarcó en el ferrocarril en sus comienzos lana, lino, maní y tartago. Cuenta con un establecimiento de educación primaria, la Escuela 645. La educación secundaria se estableció a partir de 1994.


Junto con Tatacuá. pasó a ser municipio a partir de 1993. El doctor Juan Gregorio Pujol, catedrático, jurisconsulto, legislador, ministro, senador nacional: nació en Saladas, el 27 de noviembre de 1817, se graduó en Córdoba a fines de 1838 y al año siguiente dictó clases en dicha Universidad. Cuando vuelve a Corrientes en 1843 es electo diputado a la Legislatura Provincial y el mismo año fue designado por el gobernador Joaquín Madariaga Ministro de Guerra y Relaciones Exteriores de la Provincia. Fue uno de los autores intelectuales del Acuerdo de San Nicolás y Ministro del Interior del gobierno de Urquiza. Falleció en Buenos Aires el 16 de agosto de 1861.

Carta Orgánica

LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES 

TITULO I

DE LAS MUNICIPALIDADES EN GENERAL

Capítulo Único


ARTICULO 1º . -  Ámbito de aplicación. La presente Ley será aplicable a los municipios que carezcan de Carta Orgánica y en los que la tuvieran regirá en materias no regladas o con carácter supletorio e interpretativo y como base común del derecho público municipal de la Provincia de Corrientes.- También será aplicable en cuestiones de carácter provincial, intermunicipal o que excedan el ámbito local.- En caso de normativa contradictoria prevalece la legislación del municipio en materia específicamente local.-

INTENDENTE

Sergio René Dalzotto

Período:2021 - 2025
Alianza:ECO + Vamos Corrientes
VICEINTENDENTE

María Guadalupe López

Período:2021 - 2025
Alianza:ECO + Vamos Corrientes
Honorable Concejo Deliberante
Ir al sitio web
Concejal: Oscar Leonel Ceroleni Período: 2021 - 2025 Alianza: ECO + Vamos Corrientes
Concejal: Adriana Clotilde Percara Período: 2021 - 2025 Alianza: Unidos por Pujol
Concejal: Daniel Adrián Ciucio Período: 2019 - 2023 Alianza: ECO

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