Municipio de Bella Vista
Bella Vista es una ciudad argentina, ubicada al oeste de la Provincia de Corrientes, capital del departamento homónimo, en la margen izquierda del río Paraná. Se accede a ella a través de las rutas Nacional RN 12 y la Provincial RP 27. Fue fundada el 3 de junio de 1825.
La ciudad es sede de la Fiesta Nacional de la Naranja, que se lleva a cabo en el mes de noviembre, atrayendo a mucha gente de la región próxima. También se destaca por sus carnavales en el mes de febrero, como en muchas ciudades de la provincia. En la religión católica, su representación corresponde a la virgen Nuestra Señora del Carmen.
La historia de la ciudad de Bella Vista, Corrientes, comienza alrededor del año 1774. Por aquel entonces, este lugar era denominado San Fernando de Garzas, y permanecía poblado por aborígenes provenientes del Gran Chaco. Años después se denominó a estas tierras como La Crucecita, y era utilizado para amarrar los barcos durante las noches, cuando navegar el Paraná se hacía dificultoso. Por medio de una ley, el 30 de junio de 1825, mientras gobernaba Pedro Ferré, se aprobó su fundación definitiva. Fue el gobernador quién eligió la denominación de Bella Vista, luego de contemplar el bello paisaje desde el Río Paraná. Numerosas guerras civiles, y la invasión de las fuerzas paraguayas de 1865, son algunos de los hechos que marcaron la historia de la ciudad de Bella Vista. En una de las esquinas de Bella Vista, Corrientes, un solar con naranjos de antaño indican el sitio de reunión de la comunidad en aquellos momentos.
La hermosura de su paisaje, junto con sus excepcionales playas, plazas y su imponente costanera, convierten a la ciudad de Bella Vista, Corrientes, en un destino imperdible durante todo el año.
Carta Orgánica
Preámbulo
Nos, los representantes del pueblo de la ciudad de Bella Vista, provincia de
Corrientes, reunidos en Honorable Convención Constituyente para la reforma de la
Carta Orgánica Municipal de 1.994, con el objeto de afianzar la independencia de
los poderes municipales, fijar sus funciones y límites de actuación, organizar más
convenientemente sus órganos de poder público, fortalecer las instituciones,
garantizar los derechos de todos los habitantes de la ciudad en general y la
defensa de los contribuyentes en particular, impulsar el desarrollo sostenido,
promover el bienestar comunal, consolidar aún más las instituciones democráticas,
reafirmar la autonomía municipal, impulsar el desarrollo material y espiritual del
hombre, para el beneficio de nuestra generación y con proyección a generaciones
futuras, sancionamos y ordenamos bajo la protección de Dios esta Carta Orgánica
Municipal.
INTENDENTE
Noelia Lucrecia Bazzi Vitarello
VICEINTENDENTE
Andrés Alberto Sánchez
Honorable Concejo Deliberante
Ir al sitio webConcejal: | Juan Cruz Bruzzo | Período: 2019 - 2023 | Alianza: ECO |
---|---|---|---|
Concejal: | Luisina Fraccarolli | Período: 2019 - 2023 | Alianza: ECO |
Concejal: | Vanesa Elba de las Mercedes Dal Pozzolo | Período: 2019 - 2023 | Alianza: ECO |
Concejal: | Gerardo de Jesús Rodríguez | Período: 2019 - 2023 | Alianza: ECO |
Concejal: | Veronica Elisabet López Pereyra | Período: 2019 - 2023 | Alianza: Partido de la Victoria |
Concejal: | Marcelo Oscar Quintana | Período: 2021 - 2025 | Alianza: ECO + Vamos Corrientes |
Concejal: | Cristian Hermosis | Período: 2021 - 2025 | Alianza: ECO + Vamos Corrientes |
Concejal: | Silvia Soledad Quiroz | Período: 2021 - 2025 | Alianza: ECO + Vamos Corrientes |
Concejal: | María Dolores Cenoz SIlanes | Período: 2021 - 2025 | Alianza: ECO + Vamos Corrientes |
Concejal: | Esteban Nicolás Denegri | Período: 2021 - 2025 | Alianza: Frente Corrientes de Todos |
Concejal: | María Sara Aparicio | Período: 2021 - 2025 | Alianza: Frente Corrientes de Todos |
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